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Alquilar tu piso en Leganés en 2026: precio de referencia, IBI, tasa de basuras y trámites

29 de octubre de 2026 Por
Fachada de un edificio de viviendas de ladrillo rojo con ventanas blancas, imagen ilustrativa de la guía para alquilar un piso en Leganés

Si vas a alquilar tu piso en Leganés, hay tres cifras que conviene conocer antes de poner el anuncio: cuánto se paga de alquiler en el municipio según los datos oficiales, cuánto te cuesta el IBI y qué pasa con la tasa de basuras, que en Leganés, a diferencia de muchos municipios vecinos, no se cobra a las viviendas en 2026. Aquí las tienes, junto con los plazos del IBI (el segundo está abierto ahora), lo que puedes cobrar al inquilino, qué juzgado llevaría un impago y los trámites del contrato, con las ordenanzas municipales y la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en la mano.

En corto

En Leganés, la renta mediana declarada de un piso fue de 690 € al mes en 2024 (Ministerio de Vivienda), y el municipio no es zona tensionada. En 2026, el IBI es del 0,40 % del valor catastral y se paga en dos plazos, el segundo hasta el 17 de diciembre. Las ordenanzas fiscales de 2026 no incluyen tasa de basuras para viviendas.

Índice del artículo
  1. ¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Leganés?
  2. ¿Es Leganés zona tensionada?
  3. ¿Cuánto es el IBI en Leganés en 2026 y cuándo se paga?
  4. ¿Hay tasa de basuras en Leganés para las viviendas?
  5. ¿Puedes cobrar el IBI al inquilino?
  6. Ejemplo con números: un piso de 69 m² en Leganés
  7. Fianza, padrón y entrega de llaves
  8. ¿Qué juzgado lleva un desahucio en Leganés?
  9. Alquilar en Leganés sin ocuparte de nada
  10. Preguntas frecuentes
  11. Conclusión

¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Leganés?

La fuente oficial es el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda, que elabora el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana con las rentas que los propietarios declaran a Hacienda. Su último año publicado es 2024. Para los pisos en edificios de viviendas (vivienda colectiva), Leganés queda así frente a sus vecinos Getafe y Fuenlabrada, la capital y el conjunto de la provincia:

Año 2024LeganésGetafeFuenlabradaMadrid capitalProvincia
Renta mediana al mes690 €700 €682,75 €868,75 €800 €
Renta mediana por m²9,76 €10,20 €9,04 €13,97 €12,12 €
Superficie mediana69 m²66 m²75 m²66 m²70 m²
Viviendas con datos10.66312.1208.651300.447474.935

Un piso de Leganés se alquila, de mediana, por 179 € menos al mes que uno de la capital, y el metro cuadrado sale a 9,76 €, frente a 13,97 € en Madrid. La mitad central de los contratos (entre los percentiles 25 y 75) pagaba entre 580,62 y 800 €, y la mediana por metro cuadrado ha pasado de 8,95 € en 2022 a 9,76 € en 2024, una subida de alrededor del 9 % en dos años. Las viviendas unifamiliares alquiladas son pocas: el Ministerio tiene datos de 112, con una renta mediana de 1.171,56 € al mes.

Ten en cuenta que estas cifras recogen todos los contratos en vigor, también los firmados hace años, y no distinguen entre barrios como Zarzaquemada, San Nicasio o Leganés Norte. Por eso suelen quedar por debajo de lo que se pide hoy en un contrato nuevo: úsalas como suelo, no como precio de salida. Para fijar el tuyo, sigue el método de cómo fijar el precio de alquiler de tu piso en Madrid o calcula el precio del alquiler de tu piso con nosotros.

¿Es Leganés zona tensionada?

No. La Comunidad de Madrid no ha declarado ninguna zona de mercado residencial tensionado, así que en Leganés no se aplica el tope a la renta inicial de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda: en un contrato nuevo, por regla general, la renta la pactan libremente propietario e inquilino. Las principales excepciones son las viviendas protegidas, los contratos de temporada sucesivos en el mismo piso (art. 17.8 LAU) y el alquiler por habitaciones (art. 17.9 LAU). Lo explicamos en zonas tensionadas en Madrid: ¿hay tope al alquiler en 2026?

Lo que sí se aplica en Leganés, como en toda España, es el Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y, a 29 de octubre de 2026, pendiente de convalidación. En las anualidades que se cumplan entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, salvo nuevo pacto, la subida anual de la renta no puede superar el 2 %, y no cabe ninguna si la renta supera el límite del sistema estatal de índices de referencia. Puedes comprobarlo con la calculadora del alquiler del Ministerio de Vivienda; el resto de cambios está en la guía del nuevo decreto de vivienda de octubre de 2026.

¿Cuánto es el IBI en Leganés en 2026 y cuándo se paga?

Según el artículo 10 de la ordenanza fiscal n.º 2, recogida en las ordenanzas fiscales de Leganés para 2026, el tipo para los inmuebles urbanos es del 0,40 % del valor catastral, el mínimo general que fija la Ley de Haciendas Locales. Los pisos pagan ese tipo sea cual sea su valor catastral. Los tipos diferenciados solo afectan a inmuebles con usos distintos del residencial que superan cierto valor catastral; por ejemplo, el 0,65 % para los de uso aparcamiento y almacenamiento de más de 30.000 €, algo a tener en cuenta si alquilas una plaza de garaje o un trastero con referencia catastral propia y un valor alto. Puedes compararlo con el resto de la región en nuestra guía del IBI por municipios en la Comunidad de Madrid.

Leganés cobra el IBI urbano en dos plazos, según el calendario fiscal de 2026 publicado en el BOCM:

IBI urbano 2026Periodo voluntario de pago
Primer plazoDel 22 de mayo al 23 de julio
Segundo plazoDel 16 de octubre al 17 de diciembre
  • Cómo pagar: en las entidades colaboradoras, con tarjeta en la pasarela de la Carpeta Tributaria del Ayuntamiento o domiciliando el recibo hasta 15 días hábiles antes del vencimiento. El último día no se garantiza el pago en línea después de las 14:00, y, si pagas fuera de plazo, la deuda pasa al periodo ejecutivo, con un recargo del 5, el 10 o el 20 % según cuándo se pague (art. 28 de la Ley General Tributaria) y, en el último caso, intereses de demora.
  • Bonificaciones: 50 % durante los tres periodos impositivos siguientes a la calificación definitiva de las viviendas de protección oficial, y entre el 20 y el 50 % durante dos años por instalar energías renovables para autoconsumo, con licencia municipal. La de familia numerosa no sirve para un piso alquilado, porque se aplica a la vivienda habitual de la familia titular.
  • Pisos vacíos: el artículo 10.4 de la ordenanza reproduce la posibilidad que da la ley de exigir un recargo de hasta el 50 % de la cuota líquida a las viviendas desocupadas con carácter permanente, pero no fija un porcentaje propio. Además, la Ley de Haciendas Locales solo considera desocupada con carácter permanente la vivienda vacía de forma continuada y sin causa justificada durante más de dos años cuyo titular tenga cuatro o más inmuebles de uso residencial, y exige una declaración municipal previa, con audiencia al propietario, en la que pueden tenerse en cuenta el padrón y los consumos de agua y luz. Un piso alquilado no entra.

El IBI lo paga quien es titular de la vivienda a 1 de enero, aunque esté alquilada o vacía.

¿Hay tasa de basuras en Leganés para las viviendas?

En 2026, no. La única tasa de basuras de las ordenanzas fiscales de Leganés es la de recogida en establecimientos industriales, comerciales y profesionales, y el calendario fiscal de 2026 no incluye ningún recibo de basuras para viviendas. Es un dato que diferencia a Leganés de otros municipios del sur, como Getafe o Fuenlabrada, que sí cobran una tasa de residuos a los pisos.

La Ley 7/2022, de residuos, obliga a los ayuntamientos a establecer una tasa o prestación específica por la gestión de residuos. Si Leganés la aprueba para próximos ejercicios, tendrá que hacerlo con una modificación de sus ordenanzas, publicada en el BOCM, y conviene revisar entonces quién es el contribuyente. Mientras tanto:

  • Si alquilas un piso: no hay recibo de basuras que pagar ni que repercutir al inquilino en 2026.
  • Si alquilas un local u oficina: la tasa de establecimientos sí se aplica (también a los garajes de comunidades) y, en 2026, se paga del 16 de septiembre al 17 de noviembre.

Para el resto de dudas sobre este tributo, tienes nuestra guía sobre la tasa de basuras en el alquiler de Madrid.

¿Puedes cobrar el IBI al inquilino?

Con la redacción vigente de la LAU, no. Tras el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación, el artículo 20.1 de la LAU establece que «en ningún caso podrán imponerse los tributos asociados a la vivienda a la parte arrendataria, excepto en los supuestos en los que dicha parte tenga la condición de obligado tributario». En el IBI, el obligado es el propietario, así que no puede trasladarse al inquilino. El decreto no aclara qué pasa con los contratos anteriores al 8 de octubre que ya pactaban repercutirlo; si es tu caso, revísalo antes de seguir cobrándolo. Lo explicamos en nuestra guía sobre si el IBI puede repercutirse al inquilino en Madrid.

Ejemplo con números: un piso de 69 m² en Leganés

Tomemos un piso de 69 m² (la superficie mediana de los pisos alquilados del municipio, según el Ministerio), con un valor catastral de 70.000 €, alquilado por 750 € al mes:

  • IBI 2026: 70.000 € × 0,40 % = 280 €, en dos plazos.
  • Tasa de basuras 2026: 0 €, porque no hay tasa para viviendas.
  • Peso sobre la renta: alrededor del 3,1 % de los 9.000 € de renta anual.

El IBI es un gasto deducible del rendimiento del alquiler en el IRPF, como tributo no estatal del artículo 23.1 de la Ley del IRPF, en proporción a los días del año en que el piso esté alquilado. Si en contratos antiguos el inquilino te paga alguna parte, lo que te pague cuenta como ingreso, como contamos en gastos repercutidos al inquilino en el IRPF.

Sobre el rendimiento neto positivo se aplica, además, la reducción por alquiler de vivienda. En los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023 y hasta el 1 de diciembre de 2026, como Leganés no es zona tensionada, no caben el 90 % ni el 70 % por inquilinos jóvenes, porque ambos exigen que lo sea. Para los contratos posteriores, el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación, fija otros porcentajes, y algunos ya no dependen de la zona tensionada. Los que puedes aplicar según la fecha del contrato están en nuestra guía sobre la reducción del IRPF por alquiler de vivienda en 2026.

Fianza, padrón y entrega de llaves

  • Fianza: una mensualidad de renta, obligatoria (art. 36.1 LAU), que se deposita en la Comunidad de Madrid, no en el Ayuntamiento de Leganés, como exige el Decreto 181/1996. Plazos y recargos, en nuestra guía sobre cómo depositar la fianza del alquiler en la Comunidad de Madrid.
  • Seguro de impago: desde el 8 de octubre (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación), no se le puede exigir al inquilino que lo contrate (art. 36.5 LAU); si quieres esa protección, la contratas tú. Te contamos qué documentación se le puede pedir en los requisitos del seguro de impago.
  • Padrón: el inquilino se empadrona en el Ayuntamiento de Leganés con el contrato de alquiler en vigor, sin necesidad de tu permiso. El padrón no le da ningún derecho sobre la vivienda. Más detalle en empadronamiento del inquilino: ¿necesita tu permiso?
  • Entrega de llaves: el nuevo artículo 36.7 LAU (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación) obliga a firmar, al acabar el contrato, un documento sobre el estado de la vivienda. Si no se firma o no recoge desperfectos, se presume, salvo prueba en contrario, que se devolvió en buen estado. Haz un inventario y un acta de entrega detallados al entrar y al salir.
  • Programas públicos: el Ayuntamiento de Leganés colabora con el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid, que ofrece seguros gratuitos a los propietarios que alquilan dentro del programa. Requisitos y límites, en nuestra guía del Plan Alquila para propietarios.

¿Qué juzgado lleva un desahucio en Leganés?

Leganés es la cabecera del partido judicial número 9 de la Comunidad de Madrid, según la Ley 11/1989, de capitalidad de los partidos judiciales. Un desahucio por impago de una vivienda de Leganés se presenta ante el Tribunal de Instancia de Leganés, en la sección que lleva los asuntos civiles. Los tribunales de instancia han sustituido a los antiguos juzgados de primera instancia con la Ley Orgánica 1/2025.

El procedimiento es el mismo que en el resto de España: requerimiento de pago, posible enervación por parte del inquilino y lanzamiento, con las reglas vigentes para hogares vulnerables. Lo repasamos paso a paso en nuestra guía sobre el desahucio por impago en Madrid en 2026. La mejor protección sigue siendo prevenir: estudiar bien la solvencia del inquilino y contratar tú un seguro de impago.

Alquilar en Leganés sin ocuparte de nada

Rubirent da servicio en toda la Comunidad de Madrid, también en Leganés. Si prefieres no encargarte tú, buscamos al inquilino y estudiamos su solvencia, preparamos el contrato y depositamos la fianza, y, si lo eliges, seguimos con la gestión hasta el finiquito. Lo explicamos en la guía de la gestión integral del alquiler en Madrid. Si quieres comparar con los municipios vecinos, tienes las guías para alquilar tu piso en Getafe y alquilar tu piso en Fuenlabrada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Leganés?

Según el Ministerio de Vivienda, la renta mediana declarada de un piso en Leganés fue de 690 € al mes en 2024 (9,76 €/m²), con una superficie mediana de 69 m². Son medianas de todos los contratos en vigor, así que los contratos nuevos suelen firmarse por encima.

¿Cuánto es el IBI en Leganés en 2026?

El tipo para las viviendas es del 0,40 % del valor catastral, el mínimo general que fija la ley. Un piso con un valor catastral de 70.000 € paga 280 € al año.

¿Cuándo se paga el IBI en Leganés?

En dos plazos: en 2026, el primero fue del 22 de mayo al 23 de julio, y el segundo va del 16 de octubre al 17 de diciembre. Puedes pagar en las entidades colaboradoras, con tarjeta en la Carpeta Tributaria del Ayuntamiento o domiciliando el recibo.

¿Se paga tasa de basuras en Leganés?

Las viviendas no la pagan en 2026: la única tasa de basuras de las ordenanzas fiscales de Leganés es la de establecimientos industriales, comerciales y profesionales. Si alquilas un local u oficina, esa tasa sí se aplica.

¿Qué juzgado lleva un desahucio en Leganés?

El Tribunal de Instancia de Leganés, porque el municipio es cabecera de su propio partido judicial. El procedimiento por impago es el mismo que en el resto de España.

Conclusión

Alquilar un piso en Leganés tiene sus propias cifras: una renta mediana de unos 690 € al mes, un IBI en el tipo mínimo general del 0,40 % repartido en dos plazos, ninguna tasa de basuras para las viviendas en 2026 y el Tribunal de Instancia de Leganés para las reclamaciones judiciales del alquiler. Con esos datos, un contrato bien redactado y un inquilino solvente, el alquiler tiene mucho ganado. Si prefieres que nos ocupemos nosotros, consulta nuestros planes de gestión del alquiler y elige el que mejor encaje con tu vivienda.

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Buscamos un inquilino solvente, revisamos su documentación y, si lo prefieres, nos ocupamos de toda la gestión hasta el final del contrato.

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