Certificado energético en el alquiler: qué obligaciones tiene el propietario en 2026
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Antes de poner un piso en alquiler en Madrid hay un trámite que muchos propietarios pasan por alto y que la Administración exige por ley: el certificado de eficiencia energética. Sin él, ni siquiera puedes publicar el anuncio de forma legal. Repasamos qué dice la normativa vigente, cómo se consigue, cuánto cuesta, cuándo caduca y qué sanciones te puedes llevar si lo ignoras.
Qué es y por qué es obligatorio
El certificado de eficiencia energética es un documento técnico que clasifica la vivienda por su consumo y sus emisiones de CO₂, asignándole una letra que va de la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente). La obligación de tenerlo para alquilar nace del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, que sustituyó al antiguo RD 235/2013 y amplió los supuestos exigibles.

Desde la entrada en vigor de la norma, todo propietario que alquile debe disponer del certificado y mostrar la etiqueta energética en cualquier anuncio público: portales inmobiliarios, escaparates de agencia o redes sociales. Aplica también a los contratos de temporada y a las renovaciones con nuevo inquilino.
A quién se exige y cuándo se aplica
La obligación cubre casi todo el parque residencial, pero hay tres excepciones que conviene tener claras:
Viviendas alquiladas al mismo arrendatario durante menos de cuatro meses al año.
Edificios oficialmente protegidos por su valor histórico o arquitectónico, cuando una mejora energética alteraría su carácter.
Construcciones provisionales con uso previsto inferior a dos años.
Fuera de esos casos, el propietario debe tener el certificado antes de sacar el piso al mercado. No vale gestionarlo después de firmar el contrato: la norma exige que esté disponible desde el momento mismo de la oferta.
Cómo se obtiene el certificado en Madrid
El documento solo lo puede emitir un técnico competente: arquitecto, ingeniero industrial o titulación equivalente. El proceso tiene cuatro pasos:
Visita técnica al inmueble. El profesional toma medidas, fotografía la envolvente térmica, identifica los sistemas de climatización y calefacción y revisa la iluminación.
Cálculo con software oficial reconocido por el Ministerio para la Transición Ecológica (CE3X, CERMA o equivalente).
Emisión del informe con la calificación final y propuestas de mejora.
Registro autonómico. En la Comunidad de Madrid hay que inscribir el documento en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Sin ese registro, el certificado no es válido para alquilar.
El precio orientativo para un piso medio en la capital se mueve entre los 80 y los 200 euros, en función del técnico y del tamaño de la vivienda. A eso hay que sumar la tasa autonómica de registro, que en Madrid ronda los 12 euros para viviendas de hasta 100 m².
Validez y renovación
El certificado caduca a los diez años, salvo que la calificación sea la peor (letra G), en cuyo caso la validez se reduce a cinco años. Si haces reformas que afecten a la envolvente, la calefacción o las ventanas, conviene actualizarlo aunque no haya caducado: la nueva instalación puede mejorar la letra y eso se traduce en más valor del inmueble y en mejor encaje con inquilinos sensibles al consumo.
Cuando el certificado caduca no basta con encargar otro: hay que volver a hacer la visita, recalcular y registrar el nuevo documento. Renovarlo antes de firmar un contrato nuevo es la forma más sencilla de evitar líos con la Administración y, también, con el propio inquilino, igual que conviene revisar quién paga los gastos de comunidad o si procede repercutirle el IBI de la vivienda antes de cerrar la firma.
Qué debe aparecer en el anuncio del piso
Cualquier anuncio del piso en alquiler debe mostrar de forma visible la etiqueta energética (la pegatina de colores con la letra) o, como mínimo, indicar la calificación obtenida. Los portales serios bloquean la publicación cuando no se aporta ese dato. Si el anuncio lo omite o muestra una calificación falsa, el propietario se expone a sanción aunque el descuido sea involuntario.
En la entrega de la vivienda al inquilino hay que entregarle también una copia del certificado registrado. Lo más recomendable es incorporarla como anexo del contrato de alquiler para dejar constancia firmada.
Sanciones por no tenerlo
La Ley 8/2013 y el RD 390/2021 tipifican como infracción administrativa publicar el anuncio sin certificado, no entregarlo al inquilino o falsear la calificación. Las multas se reparten así:
Leves: entre 300 y 600 euros (errores formales menores).
Graves: entre 601 y 1.000 euros (publicidad sin certificado o falta de entrega al inquilino).
Muy graves: entre 1.001 y 6.000 euros (falsificación del certificado o actuar como técnico sin estar habilitado).
La inspección puede llegar por una denuncia del propio inquilino, por una revisión rutinaria de la Comunidad de Madrid o tras una incidencia con suministros. No es lo más habitual, pero ocurre, y a veces el coste de gestionar el certificado bien hecho es menor que el de una sola multa.
Recomendación práctica para el propietario
Si vas a alquilar un piso en Madrid, encarga el certificado antes de fotografiar la vivienda y subir el anuncio. Te ahorras el susto de retirar la oferta y, además, ganas un argumento comercial: una buena letra (B o C) atrae a inquilinos sensibles al ahorro en luz y gas y permite justificar una renta algo más alta. Una letra E o F debería empujarte, en cambio, a estudiar pequeñas mejoras (cambio de ventanas, refuerzo del aislamiento, caldera más eficiente) antes de firmar. Casa bien con el proceso de seleccionar un buen inquilino: cuanto mejor presentas el piso, más fácil filtras candidatos solventes.
En Rubirent coordinamos la gestión del certificado dentro del servicio de captación: técnico, registro, etiqueta y anexo al contrato, todo cerrado antes de publicar el anuncio. Si quieres alquilar con los papeles en regla desde el primer día, consulta nuestros planes o escríbenos a info@rubirent.com.
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