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Alquilar tu piso en Coslada en 2026: precio de referencia, IBI, tasa de basuras y trámites

14 de octubre de 2026 Por
Bloque de pisos de cinco plantas con balcones y césped delante

Si vas a alquilar tu piso en Coslada, hay tres cosas del municipio que conviene tener claras antes de firmar: cuánto se paga de alquiler según los datos del Ministerio de Vivienda, cuánto te cuestan el IBI y la nueva tasa de basuras, y qué juzgado llevaría un impago. Aquí tienes las cifras más recientes, con su fuente oficial, y las reglas de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que se aplican en Coslada igual que en el resto de España.

En corto

En Coslada, la renta mediana declarada de un piso fue de 730 € al mes en 2024 (9,79 €/m², Ministerio de Vivienda). No es zona tensionada, así que, por regla general, la renta inicial se pacta libremente. En 2026, el IBI de las viviendas es del 0,40 % del valor catastral y la tasa de basuras depende de los empadronados, los metros y el valor catastral. Los desahucios se tramitan en el Tribunal de Instancia de Coslada.

Índice del artículo
  1. ¿Cuánto se paga de alquiler en Coslada?
  2. ¿Es Coslada zona tensionada?
  3. IBI y tasa de basuras en Coslada en 2026
  4. ¿Puedes cobrar el IBI y la tasa de basuras al inquilino?
  5. Ejemplo con números: un piso de 75 m² en Coslada
  6. Fianza, contrato y padrón: los trámites del alquiler
  7. ¿Qué juzgado lleva un desahucio en Coslada?
  8. Alquilar en Coslada sin ocuparte de nada
  9. Preguntas frecuentes
  10. Conclusión

¿Cuánto se paga de alquiler en Coslada?

El dato de referencia es el del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda, que elabora el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana con las rentas que los propietarios declaran a Hacienda. Su último año publicado es 2024. Estos son los datos de los pisos en edificios de viviendas (vivienda colectiva) de Coslada, junto a los de la capital y los del conjunto de la provincia:

Año 2024CosladaMadrid capitalProvincia de Madrid
Renta mediana al mes730 €868,75 €800 €
Renta mediana por m²9,79 €13,97 €12,12 €
Superficie mediana75 m²66 m²70 m²
Viviendas con datos4.118300.447474.935

En Coslada, la mitad central de los contratos (entre los percentiles 25 y 75) pagaba entre 625 y 840 € al mes, y la renta mediana por metro ha pasado de 9,00 €/m² en 2022 a 9,79 €/m² en 2024. Hay que leer estas cifras con cuidado: incluyen todos los contratos en vigor, también los firmados hace años, por lo que suelen quedar por debajo de lo que se pide hoy en un contrato nuevo. Te sirven como suelo, no como precio de salida. Para fijar el tuyo, cuenta con la demanda real de tu barrio y el estado del piso, como explicamos en cómo fijar el precio de alquiler de tu piso en Madrid, o calcula el precio del alquiler de tu piso con nosotros.

¿Es Coslada zona tensionada?

No. La Comunidad de Madrid no ha declarado ninguna zona de mercado residencial tensionado, y Coslada tampoco lo es. Por eso no se aplica el tope a la renta inicial de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda: en un contrato nuevo, por regla general, la renta la acuerdan libremente propietario e inquilino. Las excepciones son las viviendas protegidas, los contratos de temporada sucesivos en el mismo piso (art. 17.8 LAU) y el alquiler por habitaciones (art. 17.9 LAU). Te lo contamos en zonas tensionadas en Madrid: ¿hay tope al alquiler en 2026?

Lo que sí se aplica en Coslada, como en toda España, es el Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre y pendiente de convalidación por la Diputación Permanente del Congreso:

  • Subida anual de la renta: en las anualidades que se cumplan entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, salvo nuevo pacto, la actualización no puede superar el 2 %, y no cabe ninguna si la renta supera el límite del sistema estatal de índices de referencia. Puedes comprobarlo con la calculadora del alquiler del Ministerio de Vivienda.
  • Prórroga extraordinaria de hasta dos años, por plazos anuales, si el inquilino la solicita, está al corriente de pago y cumple los demás requisitos del decreto, salvo las excepciones que este prevé, como que el propietario necesite la vivienda.

Si el decreto no se convalida, estas medidas decaen. Lo actualizamos en nuestra guía del nuevo decreto de vivienda de octubre de 2026.

IBI y tasa de basuras en Coslada en 2026

Por un piso en Coslada te llegarán dos recibos del Ayuntamiento. Estas son sus reglas para 2026, según las ordenanzas fiscales publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM):

ConceptoIBITasa de residuos
NormaOrdenanza fiscal del IBI, art. 2 (BOCM de 19/12/2025)Ordenanza fiscal de la tasa (BOCM de 27/12/2024), con las tarifas de 2026 del BOCM de 19/12/2025
Cuánto0,40 % del valor catastral para las viviendas (los tipos incrementados solo afectan a inmuebles no residenciales de mayor valor)La suma de tres partes: un importe por cada persona empadronada, otro por metro cuadrado y otro por euro de valor catastral, según la zona de recogida (hay cuatro)
Quién paga al AyuntamientoEl titular a 1 de enero (normalmente, el propietario)El propietario, como sustituto de los empadronados en la vivienda, que son los contribuyentes (art. 4)
RebajasLas bonificaciones que prevea la ordenanza del IBI35 % por usar el punto limpio (se pide hasta el 30 de marzo), 40 % para familias numerosas en su vivienda habitual (con valor catastral de hasta 126.000 €), 100 % para hogares vulnerables con informe de los servicios sociales y 5 % por domiciliar el recibo (hasta 120 €)
Periodo de pagoEn 2026, del 1 de julio al 15 de octubre (BOCM de 07/07/2026)En 2026, también del 1 de julio al 15 de octubre (BOCM de 07/07/2026)

La tasa de residuos de Coslada es nueva: se cobra desde 2025 para cumplir la Ley 7/2022, de residuos, que obliga a los ayuntamientos a cobrar una tasa o una prestación patrimonial específica que cubra el coste del servicio de residuos. Su rasgo propio es que depende del padrón: cuenta a las personas empadronadas en la vivienda el 1 de enero, día en que se devenga. Si ese día el piso está vacío y sin nadie empadronado, la parte por habitantes es cero y solo pagas la de metros y valor catastral. Es muy distinta de la de Madrid capital o la de Torrejón, como puedes comparar en la tasa de basuras en el alquiler de Madrid y en la guía para alquilar tu piso en Torrejón de Ardoz.

¿Puedes cobrar el IBI y la tasa de basuras al inquilino?

Depende del tributo y de la fecha del contrato. Tras el Real Decreto-ley 29/2026, el artículo 20.1 de la LAU establece que «en ningún caso podrán imponerse los tributos asociados a la vivienda a la parte arrendataria, excepto en los supuestos en los que dicha parte tenga la condición de obligado tributario». Aplicado a Coslada:

  • IBI: el obligado es el propietario, así que, con la redacción vigente, no puede trasladarse al inquilino. El decreto no aclara qué ocurre con los contratos anteriores al 8 de octubre que ya pactaban repercutirlo; si es tu caso, revísalo antes de seguir cobrándolo. Lo explicamos en si el IBI puede repercutirse al inquilino en Madrid.
  • Tasa de basuras: la ordenanza de Coslada considera contribuyentes a los empadronados en la vivienda, es decir, al inquilino si está empadronado, y permite al propietario repercutirles la cuota que paga como sustituto. Encaja, en principio, en la excepción del artículo 20.1, siempre que lo pactéis por escrito y el contrato fije el importe anual.

Ejemplo con números: un piso de 75 m² en Coslada

Tomemos un piso de 75 m² (la superficie mediana del municipio), con un valor catastral de 80.000 €, dos inquilinos empadronados y situado en la zona 1 de recogida:

  • IBI 2026: 80.000 € × 0,40 % = 320 €.
  • Tasa de basuras 2026: 2 empadronados × 27,7867 € + 75 m² × 0,4024 €/m² + 80.000 € de valor catastral × 0,00029731 = 55,57 + 30,18 + 23,78 = 109,53 €, antes de bonificaciones. El mismo piso en la zona 2, la más cara para este caso, pagaría 132,36 €.
  • Total: 429,53 € al año si no repercutes la tasa. Si el 1 de enero el piso estuviera vacío, la tasa bajaría a 53,96 €.

Ambos recibos son gastos deducibles del rendimiento del alquiler en el IRPF, como tributos no estatales del artículo 23.1 de la Ley del IRPF, en proporción a los días del año en que el piso esté alquilado. Si repercutes la tasa, lo que te pague el inquilino por ella cuenta como ingreso y la tasa sigue siendo gasto, como contamos en gastos repercutidos al inquilino en el IRPF.

Fianza, contrato y padrón: los trámites del alquiler

  • Fianza: una mensualidad de renta, obligatoria (art. 36.1 LAU). Si se pacta, puede sumarse una garantía adicional de, como máximo, dos mensualidades en los contratos de hasta cinco años (o siete, si el arrendador es persona jurídica). Desde el 8 de octubre (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación), al inquilino no se le puede exigir que contrate un seguro de impago (art. 36.5 LAU); si quieres esa protección, la contratas tú.
  • Depósito: la fianza se deposita en la Comunidad de Madrid, no en el Ayuntamiento de Coslada, como exige el Decreto 181/1996. Plazos y recargos, en nuestra guía de la fianza del alquiler en Madrid.
  • Acta de entrega y de salida: el nuevo artículo 36.7 LAU (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación) obliga a firmar, al acabar el contrato, un documento sobre el estado de la vivienda. Si no se firma o no recoge desperfectos, se presume, salvo prueba en contrario, que el piso se devolvió en buen estado, así que documenta bien la entrada y la salida.
  • Padrón: el inquilino se empadrona en el Ayuntamiento de Coslada con su contrato, sin necesidad de tu permiso, y el padrón no le da ningún derecho sobre la vivienda. En Coslada, además, el número de empadronados cuenta para la tasa de basuras. Más detalle en empadronamiento del inquilino: ¿necesita tu permiso?

En la declaración de la renta, la reducción general por alquilar vivienda habitual es del 50 % del rendimiento neto en los contratos firmados entre el 26 de mayo de 2023 y el 1 de diciembre de 2026 (60 % si la vivienda se rehabilitó en los dos años anteriores; los contratos anteriores conservan el 60 %). El 90 % y el 70 % para inquilinos jóvenes exigen zona tensionada, así que no caben en Coslada; el 70 % por alquiler social o por una vivienda acogida a un programa público, sí. El Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación, añade, con requisitos, un 80 % en la prórroga tácita y una escala nueva para los contratos firmados después del 1 de diciembre de 2026. Lo detallamos en la reducción del IRPF por alquiler de vivienda en 2026.

¿Qué juzgado lleva un desahucio en Coslada?

Coslada es cabecera de su propio partido judicial, el número 13 de la provincia según la Ley 38/1988, de Demarcación y de Planta Judicial. Abarca cuatro municipios: Coslada, San Fernando de Henares, Mejorada del Campo y Velilla de San Antonio. Un desahucio por impago de un piso en cualquiera de ellos se presenta ante el Tribunal de Instancia de Coslada, que desde la Ley Orgánica 1/2025 sustituye a los antiguos juzgados de primera instancia e instrucción.

El procedimiento es el mismo que en el resto de España: requerimiento de pago, posible enervación por parte del inquilino y lanzamiento, con las reglas vigentes para hogares vulnerables. Lo repasamos paso a paso en el desahucio por impago en Madrid en 2026. Aun así, la mejor protección es prevenir: estudiar bien la solvencia del inquilino y contratar tú un seguro de impago.

Alquilar en Coslada sin ocuparte de nada

Rubirent da servicio en toda la Comunidad de Madrid, también en Coslada. Si prefieres no encargarte tú, buscamos al inquilino y estudiamos su solvencia, preparamos el contrato y depositamos la fianza, y, si lo eliges, seguimos con la gestión hasta el finiquito. Lo explicamos en la guía de la gestión integral del alquiler en Madrid. Si es la primera vez que alquilas, empieza por quiero alquilar mi piso de Madrid: cómo lo hago.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Coslada?

Según el Ministerio de Vivienda, la renta mediana declarada de un piso en Coslada fue de 730 € al mes en 2024 (9,79 €/m²). Es la mediana de todos los contratos en vigor, así que los contratos nuevos suelen firmarse por encima.

¿Cuánto es el IBI en Coslada en 2026?

Para las viviendas, el tipo es del 0,40 % del valor catastral. Un piso con un valor catastral de 80.000 € paga 320 € al año, antes de bonificaciones. En 2026, el plazo voluntario de pago va del 1 de julio al 15 de octubre.

¿Cómo se calcula la tasa de basuras de Coslada?

Se suman tres importes: uno por cada persona empadronada en la vivienda, otro por metro cuadrado y otro por euro de valor catastral, con tarifas que cambian según la zona de recogida. Si el 1 de enero no hay nadie empadronado, la parte por habitantes es cero.

¿Quién paga la tasa de basuras de Coslada si el piso está alquilado?

El recibo lo paga el propietario como sustituto de los empadronados, que son los contribuyentes. Puede repercutir la tasa al inquilino empadronado si lo pactan por escrito y el contrato fija el importe anual.

¿Hay tope al precio del alquiler en Coslada?

A la renta inicial, por regla general no, porque Coslada no es zona tensionada. A la subida anual, sí: salvo nuevo pacto, como máximo el 2 % hasta finales de 2027 (y ninguna si la renta supera el índice de referencia), según el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación.

Conclusión

Alquilar un piso en Coslada tiene sus propias cifras: rentas declaradas por debajo de la mediana de la provincia, un IBI del 0,40 %, una tasa de basuras que depende de quién esté empadronado y un partido judicial propio. Con esos datos, un contrato bien redactado y un inquilino solvente, el alquiler tiene mucho ganado. Si prefieres que nos ocupemos nosotros, consulta nuestros planes de gestión del alquiler y elige el que mejor encaje con tu piso.

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