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Alquilar tu piso en Tres Cantos en 2026: precio de referencia, IBI, tasa de basuras y trámites

6 de noviembre de 2026 Por
Balcón con barandilla de cristal y contraventanas verdes en una fachada blanca, imagen ilustrativa de la guía para alquilar un piso en Tres Cantos

Si vas a alquilar tu piso en Tres Cantos, conviene mirar el calendario: el plazo previsto para pagar la tasa de basuras de 2026 acaba el 30 de noviembre y, en este municipio, la cuota depende en parte de cuántas personas estén empadronadas en la vivienda. Aquí tienes qué renta se paga según los datos oficiales, cuánto suponen el IBI y la tasa, cuál de los dos puedes cobrar al inquilino y qué tribunal llevaría un impago.

En corto

En Tres Cantos, la renta mediana declarada de un piso fue de 950 € al mes en 2024 (11,50 €/m², Ministerio de Vivienda). A 6 de noviembre de 2026, no es zona tensionada. En 2026, el IBI es del 0,4 % del valor catastral, y la tasa de basuras, que varía según los empadronados, tiene un plazo previsto hasta el 30 de noviembre.

Índice del artículo
  1. ¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Tres Cantos?
  2. ¿Es zona tensionada?
  3. ¿Cuánto es el IBI en 2026?
  4. Tasa de basuras: cuánto se paga
  5. ¿Cuándo se pagan los recibos?
  6. ¿Puedes cobrárselos al inquilino?
  7. Ejemplo con números
  8. Si tu piso es vivienda protegida
  9. Fianza, padrón y llaves
  10. ¿Qué juzgado lleva un desahucio?
  11. Preguntas frecuentes
  12. Conclusión

¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Tres Cantos?

La referencia oficial es el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda, del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, basado en las rentas declaradas a Hacienda. Su último año publicado es 2024. Para los pisos en edificios de viviendas, estas son las cifras del municipio frente a dos municipios cercanos y la capital:

Año 2024Tres CantosColmenar ViejoAlcobendasMadrid capital
Renta mediana al mes950 €700 €834 €868,75 €
Renta mediana por m²11,50 €8,72 €11,84 €13,97 €
Superficie mediana95 m²86 m²79 m²66 m²
Viviendas con datos2.8093.1586.933300.447

Tres Cantos tiene la renta mensual más alta de la tabla, aunque el metro cuadrado sale más barato que en Alcobendas y que en la capital: la diferencia la marca una superficie mediana de 95 m². La mitad central de las viviendas (del percentil 25 al 75) tenía una renta de 824 a unos 1.133 €, y la mediana por metro cuadrado ha pasado de 10,59 € en 2022 a 11,50 € en 2024, una subida de alrededor del 8,6 % en dos años.

Estas cifras recogen los alquileres declarados en el IRPF, también los firmados hace años, y no distinguen entre barrios. Por eso suelen quedar por debajo de lo que se pide hoy en un contrato nuevo. Para fijar tu precio, sigue el método de cómo fijar el precio de alquiler de tu piso en Madrid o calcula el precio del alquiler de tu piso con nosotros.

¿Es Tres Cantos zona tensionada?

No. A 6 de noviembre de 2026, la Comunidad de Madrid no ha declarado ninguna zona de mercado residencial tensionado, así que, por regla general, la renta de un contrato nuevo la pactan libremente las partes. Hay excepciones, como las viviendas protegidas, de las que hablamos más abajo y en zonas tensionadas en Madrid: ¿hay tope al alquiler en 2026?

En los contratos en curso sí se aplica el Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre y, a 6 de noviembre, pendiente de convalidación. En las anualidades que se cumplan hasta el 31 de diciembre de 2027, salvo nuevo pacto, la subida no puede superar el 2 %, y no cabe ninguna si la renta supera el límite máximo aplicable conforme al sistema estatal de índices. Compruébalo con la calculadora del alquiler del Ministerio de Vivienda.

¿Cuánto es el IBI en Tres Cantos en 2026?

El artículo 8 de la ordenanza del IBI, incluida en las ordenanzas fiscales de 2026, fija para los inmuebles urbanos un tipo del 0,4 % del valor catastral. Si tu recibo muestra una base liquidable distinta del valor catastral, el tipo se aplica sobre esa base. Esto es lo que debes saber sobre sus bonificaciones (art. 6, no acumulables) y sobre los pisos vacíos:

  • Pago domiciliado y fraccionado: un 5 % de la cuota íntegra, hasta 150 € por sujeto pasivo, sin deudas en periodo ejecutivo. El recibo se carga el 1 de junio y el 1 de octubre, y esta modalidad se solicita antes del 1 de marzo para que surta efecto ese año.
  • Familia numerosa: un 50 % (general) o un 75 % (especial), solo para la residencia habitual de la familia. En un piso alquilado a terceros no se aplica.
  • Vivienda vacía: la ordenanza de 2026 no incluye un recargo por vivienda desocupada. Los cambios previstos desde 2027 (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación) están en nuestra guía del recargo del IBI por vivienda vacía.

Tasa de basuras en Tres Cantos: cuánto se paga

La tasa por el servicio de recogida y tratamiento de residuos urbanos, en vigor desde 2025, suma dos componentes (arts. 7 a 9 de su ordenanza, explicados también en la página del Ayuntamiento). El básico es el valor catastral multiplicado por 0,000276434. El específico parte de 78,80465751 € y se multiplica por un coeficiente según las personas empadronadas en el inmueble a 1 de enero. Antes de bonificaciones, con un valor catastral de 130.000 € (componente básico de 35,94 €) resulta esto, con las cuotas calculadas sin redondear cada componente:

Empadronados a 1 de eneroCoeficienteEspecíficoCuota total
0, 1 o 2 empadronados178,80 €114,74 €
3 o 4 empadronados1,186,69 €122,62 €
5 o 6 empadronados1,294,57 €130,50 €
Más de 6 empadronados1,3102,45 €138,38 €

Tres detalles que interesan al propietario:

  • Un piso vacío también paga: con 0 empadronados se aplica el coeficiente 1.
  • El padrón cuenta: si un antiguo inquilino sigue empadronado y eso sube el coeficiente, la cuota se calcula con los datos a 1 de enero. Ante un error manifiesto, si se tramita su corrección, el Ayuntamiento puede anular la liquidación y dictar otra (art. 9.3).
  • Topes: la tasa no puede superar la cuota íntegra del IBI del año anterior, salvo en inmuebles con exención total o parcial en el IBI (art. 7.3).

¿Cuándo se pagan los recibos en Tres Cantos?

A diferencia de otros municipios, aquí los dos recibos van separados, según el calendario fiscal de 2026 publicado en el BOCM:

  • IBI: del 1 de junio al 31 de julio. Ese plazo ya ha terminado.
  • Tasa de basuras: del 1 de octubre al 30 de noviembre. A 6 de noviembre, sigue abierto según ese calendario.

El Ayuntamiento puede modificar el plazo de la tasa (art. 14.2 de su ordenanza), así que, si tu notificación indica otras fechas, guíate por ella. Fuera de plazo, la deuda pasa al periodo ejecutivo: recargo del 5, del 10 o del 20 % según el momento del pago (art. 28 de la Ley General Tributaria), además de intereses de demora y costas, cuando procedan.

¿Puedes cobrar el IBI y la tasa de basuras al inquilino?

Depende del tributo y de la fecha del contrato. Tras el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación, el artículo 20.1 de la LAU establece que «en ningún caso podrán imponerse los tributos asociados a la vivienda a la parte arrendataria, excepto en los supuestos en los que dicha parte tenga la condición de obligado tributario».

  • IBI: el obligado es el propietario, así que, con la redacción vigente, no puede trasladarse al inquilino. Los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 conservan, salvo en las prórrogas y en la actualización de la renta, el régimen vigente al celebrarse (disposición transitoria cuarta de la Ley 12/2023, en la redacción de ese decreto-ley). Para los firmados entre esa fecha y el 7 de octubre de 2026 que ya pactaban repercutirlo, el decreto-ley no trae una regla expresa: si es tu caso, revisa la cláusula antes de seguir cobrándolo.
  • Tasa de basuras: la ordenanza considera contribuyentes a quienes se benefician del servicio, y el propietario es sustituto, con la posibilidad de repercutir la cuota (art. 5). El inquilino que ya vive en el piso a 1 de enero, fecha del devengo, encajaría, en principio, en la excepción del artículo 20.1, siempre que lo pactéis por escrito y el contrato determine el importe anual a la fecha de la firma.

Ejemplo con números: un piso de 95 m²

Tomemos un piso de 95 m² (la superficie mediana del municipio), con un valor catastral supuesto de 130.000 €, alquilado por 1.100 € al mes a una familia de tres personas empadronadas a 1 de enero:

  • IBI 2026: 130.000 € × 0,4 % = 520 €, o 494 € con la bonificación del 5 % por domiciliar y fraccionar.
  • Tasa de basuras 2026: 35,9364 € + 86,6851 € = 122,62 €.
  • Peso sobre la renta: 642,62 € al año sin bonificaciones, alrededor del 4,9 % de los 13.200 € de renta anual.

Cuando los pagas tú, ambos recibos son gastos deducibles del rendimiento del alquiler en el IRPF (artículo 23.1 de la Ley del IRPF), en proporción a los días del año en que el piso esté alquilado. Sobre el rendimiento neto positivo puede aplicarse, además, la reducción del IRPF por alquiler de vivienda, que depende de la fecha del contrato y de cada caso.

¿Y si tu piso es vivienda protegida?

Antes de poner precio, comprueba la calificación de tu escritura, porque una vivienda protegida no se alquila con renta libre mientras siga sujeta a ese régimen. Según la Comunidad de Madrid, se pueden alquilar las VPO de régimen general y especial, las VPP, las VPPB y las VPPL, solo a personas físicas; no se pueden alquilar las VPO de promoción pública, las VPPA ni las VPPAOCJ. La renta anual máxima inicial por metro cuadrado útil es el 5,5 % del precio máximo legal de venta vigente al firmar, y el contrato debe presentarse a visado en un máximo de 10 días desde su firma. Si recibiste ayudas y no ha pasado el plazo de su normativa, necesitas obtener autorización previa y devolverlas.

Fianza, padrón y entrega de llaves

  • Fianza: una mensualidad de renta, obligatoria (art. 36.1 LAU), que se deposita en la Comunidad de Madrid, no en el Ayuntamiento: cómo depositar la fianza del alquiler en la Comunidad de Madrid.
  • Padrón: el inquilino se empadrona con su contrato, sin necesidad de tu permiso, y eso no le da ningún derecho sobre la vivienda: empadronamiento del inquilino.
  • Entrega de llaves: el nuevo artículo 36.7 LAU (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación) obliga a firmar, al acabar el contrato, un documento sobre el estado de la vivienda. Si no se firma o no recoge desperfectos, se presume, salvo prueba en contrario, que se devolvió en buen estado.

¿Qué juzgado lleva un desahucio en Tres Cantos?

Tres Cantos no tiene partido judicial propio: según el Ministerio de Justicia, pertenece al de Colmenar Viejo. Por eso, un desahucio por impago se presenta ante el Tribunal de Instancia de Colmenar Viejo, en su Sección Civil y de Instrucción, en la calle Padre Claret, 13. El procedimiento está en nuestra guía sobre el desahucio por impago en Madrid en 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta alquilar un piso en Tres Cantos?

Según el Ministerio de Vivienda, la renta mediana declarada de un piso fue de 950 € al mes en 2024 (11,50 €/m²), con una superficie mediana de 95 m². Son medianas de los alquileres declarados, incluidos los firmados hace años, así que los nuevos suelen firmarse por encima.

¿Cuándo se paga el IBI en Tres Cantos?

En 2026, según el calendario fiscal, el periodo voluntario fue del 1 de junio al 31 de julio. La tasa de basuras va aparte, del 1 de octubre al 30 de noviembre, salvo que tu notificación indique otro plazo. Pasado cada plazo, la deuda entra en periodo ejecutivo, con recargo.

¿Cuánto se paga de tasa de basuras en Tres Cantos?

Depende del valor catastral y de los empadronados a 1 de enero. Con un valor catastral de 130.000 €, antes de bonificaciones, va de 114,74 € con hasta dos personas a 138,38 € con más de seis.

¿Quién paga la tasa de basuras si el piso está alquilado?

El propietario es sustituto del contribuyente y la ordenanza le permite repercutir la cuota. En principio, podría cobrársela al inquilino que ya viva en el piso a 1 de enero si se pacta por escrito, con su importe anual, porque el nuevo artículo 20.1 de la LAU (Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación) lo admite cuando la parte arrendataria tiene la condición de obligado tributario.

Conclusión

Alquilar un piso en Tres Cantos tiene sus propias cifras: una renta mediana declarada de 950 € al mes en 2024, un IBI del 0,4 % y una tasa de basuras ligada al padrón, con plazo previsto hasta el 30 de noviembre. Rubirent da servicio en toda la Comunidad de Madrid: buscamos al inquilino, estudiamos su solvencia, preparamos el contrato y depositamos la fianza. Si lo prefieres, seguimos con la gestión hasta el finiquito, como explicamos en la guía de la gestión integral del alquiler en Madrid. Consulta nuestros planes de gestión del alquiler y elige el que mejor encaje con tu vivienda.

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